LOS SACERDOTES
En esta Parashá, Dios le transmite a Moshé las leyes que se aplican a su hermano Aarón, a sus hijos y a todos sus descendientes varones, los Cohanim, es decir, los sacerdotes del Pueblo Judío. Deben mantenerse puros y, a diferencia de los sacerdotes paganos, que eran los principales responsables del trato y el culto a los muertos, los Cohanim ni siquiera pueden tener contacto con un cadáver. Los Cohanim hombres también tienen restricciones adicionales con respecto a la mujer con la que pueden casarse. Se mecionan reglas con respecto a las hijas de los Cohanim y las normas de moralidad que deben observar.
EL SACERDOTE PRINCIPAL
El Sacerdote Principal, o Cohen Gadol, debe cumplir con leyes adicionales. No debe dejar que su cabello crezca demasiado, no puede observar el duelo regular rasgándose la ropa o teniendo contacto con un cadáver. No debe salir del Santuario, y solo puede casarse con una mujer soltera. Y si contrae alguna impureza no puede realizar el servicio del Templo. Asimismo, el sacerdote con imperfecciones físicas debe permanecer fuera del Servicio Divino en el Templo, que debe ser inmaculado. Las ofrendas sacerdotales no podían hacerse en estado de impureza. Y los sacrificios de animales no se hacen con animales enfermos o defectuosos. El Nombre Divino no puede ser profanado, sino consagrado y santificado.
LA FESTIVIDAD NUMERO UNO
La Torá menciona en esta Parashá las Fiestas Judías. En primer lugar, describe al Shabbat, el Séptimo día, que es la fiesta más importante del calendario hebreo. Durante seis días trabajarás y en Shabbat darás por terminada tu obra y dedicarás el día a HaShem, tu Dios.
PESAJ
En el primer mes del año (Nisán), a los catorce días del mes, se celebrará la fiesta de Pesaj, ofreciéndose ese día el sacrificio de Pesaj. El día quince de Pesaj es el Festival de Matzot, durante siete días comerás solo pan sin levadura. El primer día lo declararás sagrado y no harás obra ni trabajo alguno. El séptimo día de Pesaj también será santificado como un día Santo.
OMER Y SHABUOT
Cuando entres en la tierra prometida que te doy y coseches tu grano, traerás un ‘omer, una porción de cebada de tu primera cosecha. El sacerdote lo ofrecerá a Dios. Después de siete semanas completas, contadas desde el momento de esta ofrenda, el quincuagésimo día (Shabuot), traeréis una nueva ofrenda a Dios: panes con levadura, panes sin levadura y ofrendas de animales sin defecto, como expresión de obediencia a Dios. Cuando coseches tu campo, dejarás las espigas que son del pobre y del extranjero (por ejemplo, los rincones de los campos, etc.).
ROSH HASHANA, YOM KIPPUR Y SUCCOT
En el séptimo mes del año (Tishri) en el primer día del mes, se escuchará el Shofar (en Rosh HaShana). Y el décimo día del mes, celebraréis un Día de Expiación (Yom Kippur). Te privarás de comer y de hacer cualquier trabajo o actividad mundana en ese día. Si una persona no se priva de estas necesidades ese día, será aislada (karet) de su comunidad. Este Día de Expiación quedará establecido para la posteridad y en todas vuestras moradas.
La Fiesta de las Chozas se celebrará el día quince del mes séptimo. Durante siete días estarás dedicado a Dios. En el primer día y el octavo día, no se debe realizar ningún trabajo. Debes tomar el fruto de un hermoso árbol (citrus, o en hebreo etrog), hojas de ramas de palma (lulab), ramas de mirto (hadas) y sauces (araba), y regocijarte ante Dios. Habitaréis en estas chozas siete días, para que las generaciones futuras sepan y recuerden que yo, HaShem, los hice habitar en chozas cuando los saqué de la tierra de Egipto.
LEYES FINALES
Volviendo al servicio del Templo, Aharon colocará una lámpara que arderá constantemente, día y noche, en el Santuario. Si alguien no respeta el Nombre de Dios y lo ofende, será removido de la comunidad y ejecutado. Si un hombre asesina a otro hombre, se le dará muerte. Quien atente contra la vida de un animal, debe pagar una indemnización por ese animal. Si alguien causa algún daño a otra persona, debe pagar una indemnización: por fracturas, o mutilaciones accidentales. Esta indemnización será exigible a favor de la víctima, manteniéndose la misma regla tanto para el ciudadano como para el extranjero (“ger”: residente legal o nacionalizado). Yo soy HaShem, tu Dios»